Redacción Farmacosalud.com
Las consultas médicas no son ajenas a los conflictos entre excónyuges, sobre todo cuando hay niños de por medio y la relación entre los progenitores está viciada por la animadversión. No debería ser así, pero ocurre. Hay casos, por ejemplo, de exparejas que deciden ir juntos a la consulta con su hijo para que éste sea visitado y que no pueden evitar poner de manifiesto allí mismo, in situ, sus discrepancias. “Cuando la relación de los excónyuges es mala, cualquier escenario se convierte en campo de batalla, y la consulta no es ajeno a eso”, expone la doctora Concepción Bonet de Luna, vocal de la Comisión de Deontología del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (ICOMEM). No obstante, las escenas de separados o divorciados acudiendo juntos a la consulta no son las más habituales, ya que, por norma general, cuando la salud de los hijos es el motivo de la visita y los progenitores “tienen una mala relación, vienen por separado”, puntualiza la doctora Bonet.
Es entonces cuando, en ocasiones, esos progenitores “se ponen ‘verdes’ a turnos… cada uno coge un día y cada uno te cuenta lo tremendo que es el otro”, revela la facultativa en declaraciones a www.farmacosalud.com. Y lo que es peor, eso a veces se hace -ya sea mediante críticas explícitas o bien veladas- en presencia del niño. No hace falta decir que, a determinadas edades, los niños se dan cuenta de todo, llegando incluso a descifrar aquellas frases con doble sentido, recursos metafóricos o giros irónicos que pretenden esconderles, sin éxito, la verdadera carga crítica dirigida contra el padre o la madre ausente. Todo ello es, sin lugar a dudas, dañino para los menores.
La falta de comunicación entre progenitores, otro de los problemas
Para la doctora Bonet, la actitud que debe tener del profesional médico ante aquel excónyuge que, en presencia de su propio hijo, lanza reproches hacia el o la ‘ex’ ausente, debe guiarse única y exclusivamente por el “mejor interés del menor”, partiendo de la base de que “para un médico de familia o para un pediatra que trabaja en Atención Primaria, la familia es el paciente”, en este caso el menor. Es decir, lo primero que haría la doctora Bonet sería “proteger al niño o niña del discurso tóxico que está teniendo ese progenitor” y después tratar de reconducir la situación, teniendo en cuenta que es muy humano que una persona trate de descargar su enfado o frustración, por lo que lo más indicado sería buscar otro espacio para que el progenitor pudiera expresarse libremente, pero siempre sin que el niño estuviera delante.
Luego están los casos de ocultación de información como estrategia para fastidiar al excónyuge, tal y como destaca la doctora: “A veces se llevan tan mal o la relación es tan tóxica y tan negativa, que se agreden a través de no informar al otro progenitor sobre la salud de su hijo. Se utiliza al niño un poco como arma”. Tampoco faltan aquellas situaciones carentes de malicia en las que, simplemente, hay una clara falta de comunicación, por más que la antigua pareja se dirija, poco o mucho, la palabra.
La información entre progenitores es obligatoria en ciertos supuestos
Pero es que la comunicación entre la expareja es absolutamente necesaria cuando hay hijos de por medio, más aún tratándose de temas médicos. En este sentido, ICOMEM señala que, según la ley, los progenitores o tutores tienen el deber de mantenerse mutuamente informados sobre la salud de sus hijos. De acuerdo con Bonet, hay padres o madres que “solicitan asesoramiento psicológico, psiquiátrico o algún peritaje para su hijo sin informar al excónyuge; o quieren poner vacunas que no están en el calendario vacunal sin que su excónyuge lo sepa. Y eso no se puede hacer, es decir, hay determinados procedimientos extraordinarios en los que ambos tienen obligación legal de informarse”.
Según lo recogido en el Código Civil, en el caso de que uno de los progenitores considerara necesario un tratamiento psiquiátrico o psicológico del menor o éste tuviera que someterse a una cirugía o recibir una vacuna fuera de calendario, se debe tener autorización expresa de ambas partes. Sin embargo, ante intervenciones sanitarias banales como poner las vacunas establecidas en el calendario, realizar las revisiones periódicas del niño sano o atender una enfermedad común no es necesario contar con el consentimiento de los dos.
El médico no debe, por sistema, informar por duplicado
Las consultas médicas no van muy sobradas de tiempo y, en muchos casos, la sobrecarga de trabajo para los profesionales sanitarios es más que evidente. Es por ello que una buena comunicación entre la expareja facilita que los médicos puedan centrarse más en tareas estrictamente médicas y dedicarse menos a tareas de carácter administrativo, por decirlo de algún modo. Los facultativos tienen la obligación de dar los informes sobre los niños a los padres y madres que tienen la patria potestad. De entrada, se le entrega al progenitor que ha acompañado al menor a la consulta, y dicho progenitor debe informar a su excónyuge. Si este otro excónyuge acude posteriormente a la consulta y solicita un informe para él, también se le debe entregar.
En resumidas cuentas, los médicos no deben informar por sistema por duplicado, sólo deben informar a demanda o en presencia del adulto que acompaña al menor a la visita. La vocal de la Comisión de Deontología de ICOMEM afirma a través de un comunicado de esta institución que “no se debe proceder de continuo a realizar dos informes o ponerse en contacto con el progenitor que no ha acudido con el menor a consulta; los padres deben informarse mutuamente”.
“Cuando solicitan un informe por separado suele ser porque no se han informado entre ellos. Y cada uno de ellos tiene derecho a saber qué está ocurriendo con su hijo o con su hija”, apunta.
Distinguir entre patria potestad y custodia es vital
Lo que puede ocurrir en los casos en los que se piden documentos por separado es que, si el médico confunde custodia con patria potestad, puede llegar a negarse a dar una información a la que, como padre o como madre, se tiene derecho. Si se tiene la patria potestad se tiene derecho y existe el deber de saber cualquier información médica sobre el hijo o hija. Bonet recuerda que esta figura legal “se ostenta y ejerce por parte de ambos padres salvo que haya sentencia expresa diciendo lo contrario y termina con la muerte de uno de los padres o del hijo. También al adquirir el hijo la mayoría de edad o por emancipación”. En cuanto a la guarda y custodia, “se refiere a cómo se reparten la convivencia habitual con el menor según la decisión de los jueces”.
Por lo tanto, aunque se conceda la guarda y custodia sólo a uno de los padres, “la ley indica que ellos tienen el deber de mantenerse mutuamente informados sobre la salud de sus hijos como adultos responsables y en beneficio del menor; el progenitor que oculte o no suministre al otro la información estaría actuando en contra del legítimo interés del menor y, por tanto, el no informado puede acudir a la autoridad judicial”, explica la experta. Dicho y hecho. La doctora Bonet asegura que hay discrepancias de esta índole y desacuerdos entre exparejas sobre el tratamiento médico dispensado a los hijos que, en efecto, llegan hasta los juzgados.
Un informe orienta a los médicos sobre los conflictos familiares
Con el fin de orientar a los profesionales de la medicina sobre todos estos delicados asuntos, la Comisión de Deontología del Colegio del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (ICOMEM) ha elaborado el informe ‘Manejo de la información y actuaciones del profesional médico en la atención a menores ante las situaciones de conflicto familiar’. El documento se ha elaborado porque “en los últimos cinco años se han analizado en la institución un total de 75 casos relacionados con situaciones de conflicto familiar que ponen de manifiesto que el médico carece de formación e información tanto deontológica como legal para llevar a cabo una correcta actuación”, señala la doctora Belén Padilla Ortega, vicepresidenta del ICOMEM.
En esta línea, dicha representante indica que “la Atención Primaria es la puerta de entrada al sistema y por lo tanto, es en ella en la que más conflictos de este tipo aparecen, pero cualquier médico que atiende a menores puede verse implicado y queríamos poner a disposición de los profesionales información sobre los términos legales básicos en relación a la familia, los criterios para abordar de forma correcta estas situaciones, el deber de la información sanitaria respetando el derecho de progenitores e hijos y saber cómo diferenciar entre relación terapéutica y peritaje”.