Redacción Farmacosalud.com
La Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud establece, ante la actual situación ‘de tan alta circulación’ del coronavirus SARS-CoV-2, ‘reconducir las actuaciones a los aspectos prioritarios y más necesarios para el control de la transmisión, con foco en la protección de aquellos más vulnerables’, según se lee en un documento del Ministerio de Sanidad español. Así, se ha decidido paralizar el rastreo generalizado de contactos estrechos de afectados por COVID-19 y restringirlo a colectivos de riesgo, como por ejemplo residencias de ancianos. De igual modo, se limita el seguimiento personalizado a los individuos más vulnerables. El presidente de la Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria (SEMERGEN), el Dr. José Polo, se muestra “preocupado” por la restricción del rastreo de los contactos estrechos, ya que la implantación de esta medida puede hacer “aumentar los contagios” por COVID-19.
Polo entiende que la decisión de la Comisión de Salud Pública busca “priorizar objetivos debido a la gran saturación que estemos teniendo en Atención Primaria” propiciada por la gran capacidad de transmisión de la variante Ómicron del coronavirus. “Ante la incapacidad para llegar a todo el mundo, se priorizan objetivos, es decir, si no podemos llegar a todos, vamos a intentar llegar a lo que podamos... pero eso va a generar la posibilidad de que nos contagiemos más”, advierte el presidente de SEMERGEN en declaraciones a www.farmacosalud.com.
Los contactos estrechos totalmente vacunados estarán exentos de cuarentena, con excepciones
El nuevo documento establece lo siguiente:
• ‘Únicamente se realizará la identificación de contactos estrechos en aquellos ámbitos en los que la exposición se considere de alto riesgo por la presencia de personas con una mayor vulnerabilidad como centros sanitarios y residencias de mayores u otros centros socio-sanitarios.
• Los contactos estrechos vacunados con pauta completa estarán exentos de cuarentena con las excepciones que se recogen en la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19 del 22 de diciembre.
• En los contactos estrechos identificados que no estén vacunados la duración de la cuarentena será de 7 días siempre y cuando no desarrollen síntomas durante este periodo. En los siguientes 10 días tras el último contacto deberán extremar las medidas de protección (utilización de mascarilla, limitación del número de contactos sociales...).
• En los contactos estrechos, tanto vacunados como no vacunados, se priorizará la realización de PDIA (Prueba Diagnóstica de Infección Activa) a personas vulnerables (mayores de 70 años, inmunosupresión por causa intrínseca o extrínseca o mujeres embarazadas) y a personas que las atienden (profesionales o familiares), así como al personal sanitario o sociosanitario y a las personas que estén ingresadas en un centro sanitario o sociosanitario. En estos casos, se realizará una única prueba a los 3-5 días del último contacto.
• Se fortalecerá la comunicación a nivel poblacional con los siguientes mensajes:
- los casos confirmados deben informar a sus contactos estrechos de esta situación y las de su situación de contacto*.
- durante los 10 días posteriores a la última exposición, los contactos estrechos deben extremar las precauciones y reducir todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla. Especialmente se debe evitar el contacto con personas vulnerables.
- se indicará el canal de comunicación con el sistema sanitario en caso de aparición de síntomas’.
*Por el contenido de la nota, se entiende que los propios infectados son los encargados de realizar el rastreo y de informar de la situación a sus contactos estrechos para que éstos tomen las precauciones anticontagio pertinentes y vigilen su propio estado de salud
Priorización de pruebas y seguimientos personalizados y autovigilancia de los propios infectados
De acuerdo con la nueva estrategia, en caso de que el sistema regional de salud tenga coyunturalmente problemas para ‘responder en plazo de tiempo adecuado a la realización de una PDIA, se priorizará la realización de PDIAs para confirmación de casos sospechosos en aquellos con sintomatología más grave, personas con mayor vulnerabilidad y aquellos que pertenezcan a entornos vulnerables’.
‘En caso de que el sistema regional de salud -prosigue la circular-, coyunturalmente no pueda llevar a cabo un adecuado seguimiento activo de todos los casos, se establecerá una priorización de los casos en los que se llevará a cabo un seguimiento activo’:
- ‘Se garantizará seguimiento activo en las siguientes circunstancias: a) entornos vulnerables (residencias de ancianos, centros penitenciarios, centros sanitarios, centros de discapacitados) b) mayores de 70 años c) inmunosupresión por causa intrínseca o extrínseca d) mujeres embarazadas e) personas no vacunadas’.
Por cierto, las autoridades sanitarias dictaminan que ‘dicho seguimiento activo podrá delegarse -si lo permite el perfil del caso y el contexto- en el propio paciente, cuidador, o conviviente previa explicación de signos de alarma y modo de contacto con el sistema sanitario’. En otras palabras, lo que se promueve es que los allegados de esos enfermos sean los que presten el seguimiento o atención personalizada, siempre y cuando se den las circunstancias adecuadas para ello.
- ‘En los casos asintomáticos y leves, en el momento del diagnóstico se indicarán instrucciones de aislamiento, fecha de finalización y modo de contacto con el sistema sanitario en caso de empeoramiento’. O, dicho de otra forma, se instaura la autovigilancia o autocontrol de los propios sujetos que han dado positivo por COVID-19.
‘Los resultados de los autotest, en situaciones en las que CCAA (Comunidades Autónomas) no puedan garantizar la confirmación en tiempo por PDIA, y que, por tanto, se manejen como casos de COVID, se considerarán confirmados, se integrarán en el sistema de vigilancia y en la notificación habitual a través de SIVIES al Ministerio de Sanidad’.
‘Se establece un periodo de 7 días para el aislamiento de los casos confirmados asintomáticos o con síntomas leves, si en el momento de finalización de este periodo la persona está asintomática y han transcurrido al menos tres días tras la resolución de los síntomas, incluidos los casos asintomáticos o leves que se producen en los centros de mayores y otros centros sociosanitarios. Para aquellas personas con enfermedad grave o inmunosupresión se mantiene el periodo de aislamiento mínimo de 21 días. Para el personal que trabaja en centros sanitarios o sociosanitarios se realizará un Test de Antígeno el día 7 antes de su reincorporación a su puesto de trabajo’, se indica en la nota.
‘Tras el periodo de aislamiento de 7 días y hasta los 10 días posteriores al inicio de síntomas o a la fecha de diagnóstico en los casos asintomáticos, las personas positivas deben extremar las precauciones y reducir todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla. Especialmente se debe evitar el contacto con personas vulnerables’, recuerda la Comisión de Salud Pública.